Cámara de Propietarios de la República Argentina

Asociación Civil sin Fines de Lucro
Personería Jurídica Resolución I.G.J. Nº 460


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Ámbito Inmobiliario

Polémica por costos de escritura

Escriben

Rodolfo J.W. Vinelli y

Enrique L. Abatti (*)

El costo de una escritura en la provincia de Buenos Aires para un terreno alejado del centro urbano es de, por lo menos, 2.350 pesos.

Una cifra que resulta paradójicamente superior al valor del terreno. A esto debe agregarse las cargas municipales: la provincia de Buenos Aires cobra 4% sobre el valor de venta de valuación fiscal o el valor mayor más la actuación notarial y el aporte jubilatorio – que es de 11% -, además de la actualización parcelaria que debe realizar un agrimensor matriculado en esa jurisdicción.

El arancel mínimo es de 250 pesos por parcela.

Si el terreno contara con mejoras, su valor supera el doble del mínimo establecido, mientras que en la Capital Federal se derogó el impuesto fiscal para uso de vivienda, por lo que sólo las unidades para uso profesional pagan 2% del valor de venta.

Ataque

No es posible que el Estado ataque de tal forma las escrituraciones y recargue a los profesionales con tareas sin retribución alguna.

Menos aceptable aún resulta que se exijan cargas impositivas tan exageradas, aparte de lo que la DGI grava por imperio de las leyes.

El Colegio de Escribanos y las instituciones que representan a propietarios e intermediarios deberían formular los reclamos correspondientes para disminuir las cargas tan desmesuradas que paralizan las transacciones.

La propiedad inmueble sufre así un profundo castigo producto de los gravámenes exagerados, injustos e ilegítimos, que originan serios perjuicios a la sociedad.

Deben promoverse las transacciones de compraventa, porque es la manera de cumplir con el sueño de la vivienda propia y porque constituyen el progreso y el bienestar de toda la sociedad, cumpliendo así con la letra y el espíritu del derecho de propiedad, consagrado en la Constitución Nacional.

(*) Presidente y vicepresidente respectivamente, de la Cámara de Propietarios de la República Argentina. (CAPRA)